Reglamentos MINFESS

 Los siguientes son los reglamentos del Ministerio Femenil Nacional de la Iglesia Evangélica Mundial revisado por el Dr. Ulises Sánchez en el año 2012.

REGLAMENTO MINISTERIO NACIONAL FEMENIL ·”SIERVAS DEL SEÑOR”

 

CAPITULO I

 

VISION Y MISION

Artículo 1. VISION.- Alcanzar con el mensaje de salvación y santificación a las mujeres del país apoyando a través del ministerio femenil nacional y los ministerios distritales y locales.

 

Artículo 2. MISION.- Predicar el evangelio de Nuestro Señor Jesucristo, según las enseñanzas de las Sagradas Escrituras, para salvación de los perdidos; y la santificación de los creyentes mediante el Espíritu Santo, siguiendo el modelo de servicio de Jesucristo.

 

CAPITULO II

 

IDENTIFICACION DEL MINISTERIO

 

Artículo 3. NOMBRE

El nombre de este ministerio de la I.E.M.B. es: MINISTERIO NACIONAL FEMENIL “SIERVAS DEL SEÑOR” abreviado por las siglas: MINFESS.

Artículo 4. DOMICILIO

El MINFESS tendrá su oficina principal nacional en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, en la calle Saavedra #664, Tel. 3350026. En cada distrito será identificada como oficina distrital y en cada iglesia o avanzada será identificada como oficina local.

 

II.- NATURALEZA FINES Y OBJETIVOS

 

Artículo 5.- Para lograr los fines y objetivos del MINFESS sus miembros podrán ser parte de directivas locales, distritales y nacionales tomando en cuenta los siguientes requisitos:

1)      Damas renacidas en Cristo mayores a 18 años de edad.

2)      Ser miembro en plena comunión con su iglesia local de la I.E.M.B por lo menos tres años

3)      Haber desempeñado un cargo oficial en su iglesia local por lo menos dos años

4)      Mostrar aptitud e interés en la obra femenil

5)      Estar de acuerdo con la doctrina de Santidad de la I.E.M.B., su forma de gobierno, presbiteriana, sus estatutos y reglamentos, dispuesta a someterse a la autoridad de ello.

 

 

 

Articulo 6.-

 

NATURALEZA.-

El MINFESS por naturaleza es de carácter religioso, pues sus miembros son mujeres cristianas renacidas en Cristo Jesús y por lo tanto son testigos de Jesucristo y siervas del Dios altísimo.

 

Artículo 7.-

OBJETIVOS.-

a)      Apoyar en el crecimiento espiritual de las mujeres miembros de la I.E.M.B. a fin de que crezcan y maduren en el conocimiento de la Palabra de Dios.

b)      Coadyuvar el trabajo a pastores y líderes femeniles para bendecir a las iglesias  en general realizando talleres y/o congresos femeniles.

 

Artículo 8.-

FINES

La finalidad del MINFESS es coadyuvar en el fortalecimiento espiritual de las mujeres de la I.E.M.B. A Través de: congresos, retiros, talleres, y conferencias, organizado por las coordinadoras distritales, coadyuvando al trabajo pastoral local y distrital.

 

CAPITULO II

FUNCIONES DEL MINFESS.

Artículo 9.- Las funciones del MINFESS. Son:

a)      Enseñar.- Se realizará a través de: Congresos, retiros, talleres y conferencias. Profundizando el conocimiento de la Palabra de Dios en las damas de nuestra institución e invitadas asistentes.

b)      Motivar.- A todas las participantes a vivir una vida de santidad delante de Dios y de sus hijos y familia dando buen testimonio de la vida cristiana y de  esta manera siendo luz a todos los que no conocen al Señor

 

 

CAPITULO III

ORGANO DE GOBIERNO

Artículo 10.- El gobierno del MINFESS se rige bajo los siguientes órganos de dirección:

1) Junta nacional (cada 4 años) es la autoridad.

2) Directiva Nacional de mujeres.

3) Directiva Distrital de mujeres

4) Directiva Local de mujeres.

 

LA JUNTA NACIONAL

A) FUNCIONES Y ORGANIZACIÓN DE LA JUNTA NACIONAL DE MUJERES

Artículo 11.- La junta nacional es la máxima autoridad del MINFESS, en lo que se refiere  a cumplimiento de la visión, misión y objetivos.

Elección y programación del MINFESS:

1.- La junta nacional será presidida por  la coordinadora nacional y la directiva.

 

 

B) Miembros de la Junta Nacional

Artículo 12- La junta nacional de mujeres estará compuesta por:

a)      Todas las hermanas de la Directiva Nacional

b)      Todas las coordinadoras distritales

c)      La presidenta y dos delegadas del MINFESS, de la iglesia local

d)      Las pastoras y esposas de pastores

e)      Las misioneras presentes

 

C) Tiempo y lugar de reunión

 

Artículo 13.- La Asamblea Nacional se reunirá cada cuatro años en el lugar y tiempo determinado por la anterior Asamblea.

Nota aclaratoria: Las hermanas se reunirán en retiros, congresos y/o talleres cada año en diferentes departamentos del país y/u otros países.

 

 D) Atribuciones de la Junta:

Artículo14.-

a)      Reconocer  en la primera sesión a todas las delegadas y miembros de la Junta.

b)      Todas las asistentes tendrán voz, solamente las reconocidas como miembros de la Asamblea tendrán voz y voto.

c)      Aprobar el acta anterior.

d)      Elegir por voto secreto a las integrantes de la Directiva Nacional..

e)      Recibir los informes de las Coordinadoras Distritales, Nacional y la Promotora Quechuista y otras.

f)       Fijar fecha y lugar para la junta, taller, congreso y retiros.

g)      Autorizar a la Directiva Nacional del MINFESS a participar como representante en la recesión y corrección de los Reglamentos Nacionales.

 

E) CONFORMACIÓN DE LA DIRECTIVA NACIONAL

Artículo 15.-

Es el órgano de representación y ejecución del MINFESS y estará integrada por:

1.- Coordinadora Nacional

2.- Una Vice-presidenta

3.- Tesorera

4.- Secretaria

5.- Dos vocales

6.- Promotora en Quechua y otras.

7.- Consejera

 

Artículo 16.-

F) REQUISITOS PARA SER ELEGIDAS COMO MIEMBROS DE LA DIRECTIVA NACIONAL.

a) Ser miembro plena de la I.E.M.B.

b) Haber desempeñado un cargo oficial en la directiva femenil del distrito

c) Mostrar aptitud e interés por la obra femenil

d) Ser de buen testimonio dentro y fuera de la Iglesia.

 

G) MODELOS DE ELECION DE LOS MIEMBROS DE LA DIRECTIVA

Artículo17.-

Para elegir a la coordinadora y  Sub- Coordinadora

a)      Se mocionará una terna.

b)      Se procederá  a una primera votación

c)      Requiere tener las 2/3 partes  de votos de la Asamblea para ser considerada elegida.

Artículo 18.- En caso de que en la elección para la coordinadora, vice-presidenta no obtengan las dos terceras partes  en las dos primeras votaciones, serán elegidas por simple mayoría de votos.

Artículo 19.-

Para elegir a las responsables de las secretarías se conforman ternas y su elección será por simple mayoría de votos.

Artículo 20.- Las responsabilidades generales de la Directiva Nacional son las siguientes:

a)      Motivar el fortalecimiento espiritual  de las  coordinadoras distritales y locales del MINFESS.

b)      Desafiar el apoyo económico a las misiones a los misioneros

c)      Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la junta nacional.

d)      Reunirse periódicamente a convocatoria de la Coordinadora Nacional Femenil

 

Artículo 21.-Atribuciones de las oficiales de la Directiva Nacional.

a)      Son atribuciones de la coordinadora nacional:

1.      Presidir las sesiones extraordinarias del congreso, reuniones ordinarias y reuniones extraordinarias de la directiva nacional.

2.      Presentar el plan de trabajo

3.      La coordinadora femenil dará informes a la Asamblea Femenil Nacional y Asamblea Nacional General.

4.      La coordinadora femenil formará parte del Concejo Nacional.

5.      Ejecutará los planes y programas del Ministerio Nacional Femenil.

6.      Será miembro ex-oficio de todos los comités.

7.      Representará al Ministerio femenil cuando sea necesario.

8.      Mantener una vida ejemplar en su manera de vivir.

 

b)      Son atribuciones de la Sub coordinadora

1.      Representar y asumir los deberes de la coordinadora en caso de ausencia de la misma

2.      Mantener una vida ejemplar en su manera de vivir.

 

c)      Son atribuciones de la tesorera:

1.      Administrar las cuentas de la caja del MINFESSS

2.      Presentar informes en la junta nacional del MINFESS y cuando el directorio lo requiera

3.      Recibir el 10%  de los ingresos  de cada ministerio local femenil.

4.      No podrá disponer de los fondos sin la debida autorización de la directiva del   MINFESSS.

5.      Mantener una vida ejemplar en su manera de vivir.

 

d)      Las responsabilidades  de la secretaria son:

1.- Guardar todos los documentos y correspondencias recibidas en todas las reuniones de la directiva y redactar las actas correspondientes en cada reunión.

2.- Elaborará correspondencias firmando junto con las coordinadora del MINFESSS

3.- Mantener una vida ejemplar en su manera de vivir.

 

e)      Vocales:

1.- Colaborar en cualquier cargo en ausencia de alguna integrante  de la directiva.

f)       Promotora en quechua, aimara y guaraní:

1.- Velar por el crecimiento de la vida espiritual de las hermanas que integran el MINFESS de la I.E.M.B.

2.- Mantener una vida ejemplar en su manera de vivir.

 

CAPITULO IV

DIRECTIVA DISTRITAL DEL MINISTERIO FEMENIL

 

Artículo 22-La Directiva  del ministerio femenil distrital estará formada por las siguientes carteras:

a)      Coordinadora distrital

b)      Sub Coordinadora

c)      Tesorera

d)      Secretaria

e)      Vocales

 

Artículo 23.- Podrán ser electas las que llenen los siguientes requisitos:

a)      Ser miembro pleno de la I.E.M.B.

b)      Ser de buen testimonio dentro y fuera de la iglesia.

c)      Haber desempeñado un  cargo oficial en su iglesia local.

d)      Ser aprobado por la mesa directiva del distrito.

 

Artículo 24.-Modelo elección de los miembros:

a)      Para elegir a la coordinadora y subcoordinadora Distrital, se convocará a las responsables de los ministerios femeniles, la esposa de pastor y dos delegadas por iglesia local.

b)      La reunión será presidida  por la coordinadora distrital vigente

c)      La coordinadora y Sub coordinadora serán elegidas por las dos terceras partes de la votación.

d)      En caso de no alcanzar las dos terceras partes de los votos en las dos primeras votaciones será con la simple mayoría de votos.

e)      Para la elección de las otras carteras será por simple mayoría de votos.

 

 

Artículo 25.- Responsabilidad de las oficiales del ministerio femenil distrital:

a)      La  coordinadora será responsable de:

1.      Convocar a las asambleas distritales cada cuatro meses.

2.      Promover activamente todos los intereses  de la obra femenil en cada iglesia.

3.      Presentar a su directiva distrital un plan de trabajo contemplando actividades como talleres, congresos femeniles.

4.      Visitar personalmente por lo menos una vez al año cada ministerio femenil local.

5.      Presidir la organización de nuevos ministerios femeniles en su distrito.

6.      Informar a la Asamblea distrital de pastores.

7.      Informar las actividades del año a las miembros de su iglesia local

8.      Promoverá la celebración de las fechas importantes.

9.      La coordinadora femenil distrital será parte del concejo directivo distrital.

        b) La Sub coordinadora será responsable de:

1.      Asumir los deberes de la coordinadora en ausencia de ésta

2.      Colaborar a la coordinadora muy de cerca.

       c)  La  Tesorera será responsable de:

    1. Tener al día el libro de cuentas.
    2. Guardar celosamente el dinero que exista.
    3. Leer el informe económico en cada reunión que se lo pidan.
    4. Recibir bajo recibo de cada  ministerio femenil local 5 % para el movimiento del ministerio femenil distrital.

         d) la Secretaria estará encargada de:

    1. Elaborar y guardar las correspondencias.
    2. Tener la nómina de los ministerios femeniles de su Distrito con el nombre respectivo  de la responsable en cada iglesia local.
    3. Tener al día  las actas de las reuniones.

          e) Vocal.

1.      Ser capaz de asumir el cargo de cualquier miembro de la directiva  con excepción de la coordinadora.

 

Artículo 26.- Modelo económico para el ministerio femenil:

a)      Cada tesorera del ministerio femenil local dará el 5% a la tesorería del MINFESS distrital y el 10% a la tesorería del MINFESSS nacional.

b)     Otras ofrendas en actividades especiales se dará el porcentaje a la tesorera femenil nacional.

c)      En el primer congreso femenil deberá asignarse  un porcentaje a las coordinadoras distritales y nacional.

 

 

DIRECTIVA LOCAL  DEL MINISTERIO FEMENIL

Artículo 27.-La directiva local  de cada ministerio femenil estará formada por las siguientes carteras:

  1. Coordinadoras del ministerio femenil local
  2. Sub-coordinadora
  3. Tesorera
  4. Secretaria
  5. Vocal

 

Artículo 28.- Podrán ser elegidas las que llenen los siguientes requisitos:

  1. Ser miembro plena de la IEMB
  2. Tener un buen testimonio en su vida diaria.
  3. Mostrar interés por los asuntos del ministerio femenil.
  4. Ser aprobado por el consejo de la iglesia local.

Artículo 29.- El desarrollo de la elección será como sigue:

a)      La coordinadora del ministerio femenil será elegida en la asamblea cuatrienal de la iglesia local  y asumirá funciones a partir del mes de enero del siguiente año y será  por cuatro años.

b)      Durante el mes de enero la responsable del ministerio femenil  convocará a una reunión a todas las hermanas del ministerio femenil para la elección de las otras carteras de la mesa directiva.

c)      La coordinadora y sub coordinadora, serán elegidas por las dos terceras partes de la votación.

d)      Para la elección de las otras carteras será por simple mayoría de votos.

 

Artículo 30.- Son atribuciones de la coordinadora femenil local:

a)      Velar por la vida espiritual de las damas miembros del ministerio femenil.

b)      Promover la vida de oración y formar cadenas de oración y ayuno en el ministerio femenil.

c)      Programar talleres y retiros espirituales.

d)      Coadyuvar a la I.E.M.B. en la obra misionera a través de la oración, y ofrendas promisiones.

e)      Presentar informe a la asamblea local.

f)       Planificar las actividades del ministerio femenil local

 

Artículo31.- Atribuciones de las otras carteras.

a)      La vice-Coordinadora deberá.

1.      Asumir los deberes de la coordinadora en su ausencia.

2.      Ayudar a promover todas las actividades del ministerio femenil.

 

b)      La tesorera deberá:

      1. Guardar el dinero y el libro de ingresos y egresos bajo recibo

      2. No disponer de los fondos sin la autorización de la coordinadora.

      3. Enviar el 10% de todas las entradas a la tesorería nacional y el 5% a la distrital.

 

c)      La secretaria será responsable de:

      1.- Guardar el libro de actas y toda correspondencia.

      2.- Llevar la nómina de las hermanas del ministerio femenil.

 

d)      Vocal.- Podrá asumir el cargo de cualquiera que falte en la directiva, con excepción de la coordinadora local.

e)      Concejera

 

ARTICULOS ESPECIALES:

  1. Estos  reglamentos pueden ser enmendados parcial o totalmente después de someterlos por una gestión. Las enmiendas consideradas por los ministerios femeniles locales deberán llevarse a votación siendo aprobada con dos terceras partes de la votación en el congreso del ministerio femenil.
  2. Cada ministerio femenil local para participar en eventos inter-denominacionales debe tener autorización del consejo de la Iglesia Evangélica Mundial de Bolivia.

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Saludo a todas las personas que visiten este post con mucho afecto en especial a todas aquellas hermanas que trabajan en Pro del engrandecim...